Alquilar una vivienda hoy en día es una buena opción ante la dificultad de venta. Las gestiones a realizar son pocas y no deberían ser complicadas. Alquilar puede ofrecer las siguientes ventajas:
- NO SE DETERIORA
La vivienda al estar ocupada, no pasa el tiempo estando vacía, pudiendose deteriorar. Teniendo inquilinos, ellos la cuidarán y no dejarán que se estropee.
- RENTABILIDAD
El piso se convierte en un bién que ofrece una rentabilidad que permite cubrir los gastos de la vivienda o en caso de tener hipoteca, el alquiler puede pagar una parte o la totalidad de la misma.
- GARANTÍA
Puede servir como garantía para prestamos bancarios.
- VENTA
Siempre se puede vender si fuera necesario.
El alquiler ofrece muchas ventajas, no obstante hay que tener en cuenta una serie de datos que a continuación facilitamos:
- Hay que tener en cuenta de que a pesar de firmar uncontrato de 11 meses, si la vivienda es para uso permanente, como vivienda principal. El inquilino podría quedarse hasta 5 años si quisiera.
- No es posible desalojar a los inquilinos antes de terminar el contrato o las prórrogas si no hay un incumplimiento del contrato por parte del inquilino.
- La responsabilidad de los daños causados por la vivienda a la Comunidad de Propietarios recae sobre el propietario.
- Surge una relación obligada con los inquilinos y con los miembros de la comunidad de vecinos.
- Se debe prestar atención y controlar que los inquilinos cumplan con las normas de la comunidad de vecinos y que cuiden la casa.
- Los gastos generales de la vivienda –comunidad, IBI, etc- corresponden al propietario. Es posible pactar con el inquilino que se haga cargo él, pero el responsable de los impagos sigue siendo el propietario.
- Las derramas que provengan de obras de mejora en el edifico son responsabilidad del dueño de la vivienda.
- Una vez existe un contrato de alquiler, la renta sólo se puede subir, como máximo, según el IPC de cada año.
- Las rentas del alquiler recibidas tributan en el IRPF, es decir, el alquiler no está exento del pago de impuestos. Sin embargo, los gastos para el propietario son deducibles (en las condiciones que marca el impuesto) y, además, el alquiler goza de importantes deducciones.
Más información: Ley de arrendamientos urbanos
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